Kit Digital​

El Kit Digital es una iniciativa del Gobierno de España, financiada por la Unión Europea a través de los Fondos NextGenerationEU, que tiene como objetivo subvencionar la implantación de soluciones digitales en pequeñas empresas, microempresas y autónomos.
Pueden solicitar los “bonos digitales” de entre 2.000 y 12.000€, las empresas de menos de 50 trabajadores o autónomos. Contactame  y te asesoro para contratar las siguientes soluciones del kit digital.

Contactame y te asesoro para contratar las siguientes soluciones digitales:

Sitio Web y presencia en Internet

¿Qué incluye la solución?



Diseño y desarrollo de un sitio web con mínimo tres páginas, responsive, adaptado a dispositivos móviles. Un dominio para tu sitio durante un plazo mínimo de doce meses.
Posicionamiento SEO básico para mejorar la visibilidad del sitio web en los buscadores.
El sitio web se puede diseñar para multidioma y traducido a un idioma, además del castellano.

Importe máximo hasta 2000€

Gestión de redes sociales

¿Qué incluye la solución?



Diseño de una estrategia de redes sociales, relevante y conecte con tus potenciales clientes y fidelice a aquellos usuarios que ya lo sean.
Gestión de una red social. Monitorización y control de manera periódica de las acciones en redes sociales para ver resultados.
Publicación de mínimo de 4-8 entradas (posts) mensuales en tus redes sociales.

Importe máximo hasta €2500

Presencia Avanzada en Internet

¿Qué incluye la solución?


Posicionar la información básica del negocio, contacto y perfil del mismo en los principales sites, redes de negocio o directorios de empresas y profesionales.
Gestión, búsqueda y análisis de palabras clave.
Análisis mensual de la competencia para informarte de tu situación frente a otros competidores.
Servicio mínimo de dos páginas o apartados SEO On-Page, optimizando la estructura y el contenido.
Reporte mensual de los resultados de las acciones ejecutadas y presencia en internet de tu negocio

Importe máximo hasta 2000€

Para poder optar a esta ayuda debes cumplir estos requisitos:


Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
No tener la consideración de empresa en crisis
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común
No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.